Qué es todo esto
El SIFEN es el sistema nacional donde se validan y se guardan los documentos tributarios electrónicos. Emitir factura electrónica significa que tu comprobante entra ahí y queda aprobado, en lugar de existir solamente en papel en tu talonario.
Hay dos maneras de llegar al SIFEN. Una es e-Kuatia, el sistema transaccional: tu propio software de gestión se integra con el SIFEN. La otra es e-Kuatia’i, la solución gratuita que administra la DNIT desde una plataforma web, pensada para contribuyentes chicos.
Nadie se pasa cuando quiere. La DNIT designa a los contribuyentes por grupos y cada grupo tiene su fecha de inicio de obligatoriedad. La designación masiva de medianos y grandes contribuyentes se hizo por resolución general a fines de 2024, y desde entonces se fueron sumando grupos nuevos.
e-Kuatia o e-Kuatia’i: cuál te toca
No es una preferencia, es un perfil. La solución gratuita tiene requisitos de tamaño que no se negocian.
- e-Kuatia’i es gratuito y lo administra la DNIT. Está pensado para contribuyentes con bajo volumen de emisión.
- Para usar e-Kuatia’i necesitás tener un único establecimiento y un solo punto de expedición declarado en tu RUC.
- e-Kuatia’i está prohibido para medianos y grandes contribuyentes. Si estás en esas categorías, tu camino es el sistema transaccional.
- e-Kuatia es la integración de tu propio sistema de gestión con el SIFEN por servicios web. El software y la integración los costeás vos.
- Para cualquiera de los dos necesitás un certificado cualificado de firma electrónica, que se gestiona presencialmente en una oficina de la DNIT, tener el RUC activo con teléfono y correo cargados, y estar al día con tus obligaciones.
- La habilitación se solicita por Marangatú. La DNIT publica un plazo de aprobación breve, pero conviene no dejarlo para la semana previa a tu fecha.
Los grupos designados y su fecha de inicio
Esta es la designación masiva de contribuyentes medianos y grandes, en ocho grupos. Después se sumaron otros seis grupos, numerados del 19 al 24, con fechas que llegan hasta septiembre de 2027: esas fechas provienen de una resolución general de mayo de 2026 y conviene cotejarlas en el PDF oficial enlazado al pie.
| Grupo | Anexo | Inicio de la obligatoriedad |
|---|---|---|
| I | 11 | 03 de marzo de 2025 |
| II | 12 | 02 de junio de 2025 |
| III | 13 | 01 de septiembre de 2025 |
| IV | 14 | 01 de diciembre de 2025 |
| V | 15 | 02 de marzo de 2026 |
| VI | 16 | 01 de junio de 2026 |
| VII | 17 | 01 de septiembre de 2026 |
| VIII | 18 | 01 de diciembre de 2026 |
El punto que sorprende a todos: tu talonario
Esto es lo que casi nadie tiene en cuenta hasta que es tarde. La norma dice, textualmente, que la autorización y el timbrado de los documentos preimpresos o autoimpresos de los contribuyentes designados «perderán vigencia a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la obligatoriedad correspondiente».
Léelo de nuevo: pierden vigencia. No hay período de convivencia entre el papel y lo electrónico. El talonario deja de servir de un día para el otro, aunque tenga hojas en blanco y aunque el timbrado todavía no haya llegado a su fecha de expiración. Una factura emitida con ese talonario después de tu fecha es un comprobante sin validez.
Y hay una obligación previa que se olvida todavía más: antes de la fecha de inicio tenés que comunicar la numeración utilizada y dar de baja los documentos timbrados de medios no electrónicos. No es algo que ocurra solo por dejar de usarlos.
La única excepción que quedó fuera de la obligatoriedad electrónica es el comprobante de retención virtual.
Qué hacer antes de que llegue tu fecha
Con tiempo. El certificado de firma se saca presencialmente y el sistema hay que probarlo antes de facturarle a un cliente real.
Averiguá tu fecha, no la supongas
La lista nominal de qué RUC cae en qué grupo está en los anexos de cada resolución, y esos anexos cambian. Consultá tu Marangatú o el anexo correspondiente. Nadie debería decirte en qué grupo estás sin haberlo mirado ahí, y nosotros tampoco lo hacemos.
Decidí por qué vía vas a emitir
Solución gratuita o integración con tu sistema de gestión, según tu categoría de contribuyente y tu volumen. Si tenés más de un punto de expedición, la decisión ya está tomada.
Gestioná el certificado cualificado de firma electrónica
Es presencial, en oficina de la DNIT, y sin él no emitís nada. Es el paso que más demora acumula porque depende de agenda.
Solicitá la habilitación por Marangatú
Con el RUC activo, los datos de contacto cargados y las obligaciones al día. Si algo de eso falta, la solicitud vuelve.
Comunicá la numeración usada y dá de baja tus timbrados
Antes de la fecha de inicio. Este paso es una obligación en sí misma, no un trámite de cortesía.
Emití de prueba antes de emitirle a un cliente
Que el primer documento electrónico que mandes al SIFEN no sea la factura de tu mejor cliente un viernes a las seis de la tarde.
Si no vas a llegar
Existe una prórroga. Según la resolución general de mayo de 2026, el contribuyente alcanzado puede pedir por única vez una extensión de hasta tres meses posteriores a su fecha de inicio, y solo si se adhiere mediante el sistema transaccional: quien va por la solución gratuita no la tiene disponible.
Ese alcance está corroborado en dos fuentes, pero el plazo con el que hay que presentar la solicitud no lo pudimos verificar en el texto oficial, así que no lo publicamos. Si vas a necesitar la prórroga, leé el PDF de la resolución o consultá en la DNIT bastante antes de tu fecha: pedirla tarde equivale a no pedirla.
Una aclaración sobre la numeración de las normas, porque circula mal en artículos de terceros: la resolución que designó masivamente a los facturadores electrónicos es del año 2024, no de 2025. La resolución de 2025 que se le suele confundir es otra, la que obliga a adherirse al SIFEN a quienes suscriben contratos con organismos y entidades del Estado.
El calendario de la facturación electrónica se mueve todo el tiempo: se agregan grupos nuevos y los anexos nominales se actualizan. Las fechas de este artículo se verificaron en septiembre de 2026 contra las resoluciones enlazadas al pie. Nunca des por sentado tu grupo a partir de una tabla, ni de esta: miralo en tu Marangatú o en el anexo oficial, que es el único lugar donde figura tu RUC.
La normativa paraguaya cambia. Si vas a tomar una decisión con esto, entrá al organismo y confirmalo.
- DNIT — Resolución General N° 21/2024www.dnit.gov.py
- DNIT — e-Kuatia’i, la solución gratuitawww.dnit.gov.py
- DNIT — Resoluciones de e-Kuatiawww.dnit.gov.py
Este sitio tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento profesional para un caso concreto.



