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Guía · Laboral

Tu primer empleado

Qué cambia el día que contratás a alguien, qué hay que hacer antes de que empiece y qué documentación te va a respaldar después.

El día que dejás de estar solo

Contratar a la primera persona es el cambio más grande que tiene un negocio chico. No por el costo del salario, que se calcula fácil, sino por lo que se activa alrededor: obligaciones mensuales, documentación, plazos y responsabilidad frente a otra persona.

La mayoría de los conflictos laborales que llegan al estudio no empezaron con una mala intención. Empezaron con una contratación hecha de apuro, sin contrato, con la fecha de ingreso puesta de memoria y con un acuerdo verbal que cada parte recuerda distinto.

Esta guía es para hacerlo bien la primera vez. Es más barato que corregirlo después, y bastante más que discutirlo.

Lo que pedís antes de que empiece

Todo esto se junta antes del primer día de trabajo. Después se junta mal.

  • Documento de identidad del trabajadorVigente. Si es extranjero, la documentación migratoria que lo habilite a trabajar.
  • Datos personales completosDomicilio, estado civil, teléfono y contacto de emergencia. Van al legajo y al registro como empleador.
  • Certificado de antecedentes, si el puesto lo ameritaSegún la actividad y el nivel de responsabilidad del cargo.
  • Certificado médico de aptitud, según la actividadEspecialmente en tareas con riesgo o esfuerzo físico.
  • Datos para el pagoCuenta bancaria a nombre del trabajador. El pago documentado es tu respaldo.
  • Contrato de trabajo firmadoCon fecha de ingreso, cargo, salario, jornada, lugar de trabajo y modalidad. Dos ejemplares, uno para cada parte.
  • Descripción del puesto por escritoNo es un requisito formal, pero define qué se espera. Evita la mitad de las discusiones posteriores.

Qué hacer, en qué orden

Los primeros cuatro pasos van antes del primer día de trabajo.

  1. Definir la relación antes de acordarla

    Salario, jornada, lugar, tareas y modalidad. Si la persona va a cumplir tu horario y seguir tus instrucciones, es una relación laboral: no la documentes como prestación de servicios para simplificar, porque eso no se sostiene después.

  2. Registrarte como empleador

    Inscripción de la empresa como empleador en el IPS y ante el MTESS, si todavía no lo hiciste. Este paso habilita todo lo demás.

  3. Firmar el contrato de trabajo

    Antes del inicio de tareas, no después de la primera semana. La fecha de ingreso que quede escrita es la que va a valer.

  4. Inscribir al trabajador en el IPS

    El alta se hace dentro del plazo que fija la normativa vigente, contado desde el ingreso. Verificá el plazo actual en el IPS: es de los que cambian.

  5. Incorporarlo a la planilla laboral

    Registro del trabajador en la planilla que se presenta ante el MTESS a través del REOP, con sus condiciones reales de trabajo.

  6. Armar el legajo

    Una carpeta por persona con contrato, documentos, comprobantes de pago y todo lo que se firme en el camino. El legajo es tu prueba; sin él, la discusión se vuelve palabra contra palabra.

  7. Liquidar y pagar todos los meses

    Salario, aportes y contribuciones, cada uno en su plazo. Es una rutina mensual nueva: conviene ponerle fecha propia en el calendario y no dejarla al final de la lista.

  8. Documentar cada cambio

    Aumento, cambio de cargo, de jornada o de lugar de trabajo: todo por escrito y firmado. Lo que no se documenta, en un reclamo se discute.

Lo que casi nadie calcula

El costo de un empleado no es su salario. Además del sueldo están las contribuciones a tu cargo, los conceptos que se devengan mes a mes aunque se paguen más adelante, y el tiempo administrativo de liquidar y presentar. Todo eso entra en el número real.

Vale la pena hacer esa cuenta completa antes de ofrecer un salario, no después de la primera liquidación. La conversación de contratación es mucho más fácil cuando sabés cuál es tu techo.

Los plazos de inscripción, los conceptos salariales y las obligaciones del empleador se actualizan con frecuencia. Verificá cada uno en el IPS y en el MTESS antes de aplicarlo a un caso concreto, sobre todo si vas a contratar bajo una modalidad especial. Esta guía explica el mecanismo, no reemplaza a la fuente oficial.

De dónde sale


Los requisitos cambian y no todos se publican el mismo día. Antes de presentar algo, verificalo en el organismo que corresponde.

¿Te trabaste en algún punto?

Podés usar este material por tu cuenta. Si aparece una situación que no está contemplada acá, contanos dónde te trabaste y seguimos desde ahí.

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